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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES – Modelo 210

Impuesto Sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) es el impuesto con el que Hacienda grava las rentas obtenidas en el territorio español de aquellas personas físicas o entidades no residentes en España.

Modelo 210 IRNR: No Residentes con Inmuebles

Todas aquellas personas físicas que no residan en el territorio español, pero que hayan obtenido rentas inmobiliarias en España estarán obligadas a presentar el Modelo 210. 

Debemos realizar la declaración de la Renta de  no residentes a través del modelo 210, declarando la imputación del inmueble en el año siguiente al ejercicio que estemos declarando, es decir durante el 2014 declararemos la imputación de nuestro inmueble del año 2013.

Cosa diferente es haber tenido alquilado una vivienda, pues entonces la declaración pasa a ser trimestral en vez de anual, y a declararse en el modelo de la renta de no residentes (modelo 210) en el mismo ejercicio de su devengo. Con respecto a la cuantía de la rentabilidad económica que procede de una vivienda en alquiler, éstos son diferentes en función del país de residencia que nos encontremos, es decir habrá que diferenciar si nos encontramos residiendo en Europa o no, pues podremos acceder a deducirnos una serie de gastos en función del país en que nos encontremos.

Sin embargo si el rendimiento es negativo, una vez deducidos los gastos que legalmente se establecen, la declaración pasa a ser nuevamente anual.

Plazos de presentación Modelo 210. Impuesto sobre la renta de no residentes

Como ya hemos comentado anteriormente, el plazo de presentación del modelo 210 varía en función de qué tipo de renta se trate. De este modo, los plazos serían los siguientes:

  • Rentas derivadas de la venta de bienes inmuebles: en el período máximo de tres meses una vez transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de transmisión del inmueble deberá presentarse el Modelo 210.
  • Rentas imputadas de inmuebles urbanos (no alquilados): si el inmueble ha estado vacío en algún momento del ejercicio, deberá presentarse un Modelo 210 por dicho período. La declaración debe realizarse durante el año natural siguiente a la fecha de devengo.
  • Rentas por alquiler de bienes inmuebles: deberán declararse las rentas mediante modelo 210 durante los veinte primeros días naturales de los meses de enero, abril, julio y octubre , en relación con las rentas cuya fecha de devengo esté comprendida en el trimestre natural anterior.

En resumen

Los extranjeros no residentes que tengan una propiedad en España, tienen que hacer anualmente la declaración de no residentes MODELO 210, esta declaración se hace normalmente sobre el mes de junio/julio de cada año, variando en función del tipo de renta que se trate.

¿Eres No Residente Fiscal?

Para saber si eres Residente Fiscal en España o no, tienes que cumplir una serie de requisitos que establece la Ley de IRPF. En su artículo número 9 deja claro que serán residentes españoles aquellos que:

  • Permanezcan más de 183 días al año en el país.
  • Tengan el núcleo de sus actividades económicas en territorio español, directa o indirectamente.
  • Sean el cónyuge no separado legalmente con hijos menores de edad que residan habitualmente en España y dependan de esa persona.

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